Máster en Dirección y Organización de Proyectos

Juan Carlos Gil, Director general en España y Portugal de ARN

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Empleabilidad y Prácticas

Salidas Profesionales

El Máster Universitario en Dirección y organización de Proyectos capacita para:

  • Diseñar, planificar y redactar propuestas tecnológicas que cumplan todos los parámetros de calidad requeridos.
  • Aplicar las metodologías de diseño y gestión de proyectos en sus cuatro etapas específicas: planificación, negociación, explotación e innovación.
  • Analizar los campos tecnológicos existentes y conocer las diversas fuentes de financiación y programas de I+D+i.
  • Profundizar en la presentación, ejecución y justificación de proyectos tecnológicos.

Prácticas


Sistemas de Información previa a la Matriculación

Las vías y requisitos de ingreso en la titulación son las que marca el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, con posterior modificación en el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Por su parte, el perfil de ingreso para el Máster Universitario en Dirección y Organización de Proyectos queda definido de la siguiente manera:

El perfil adecuado está dirigido a ingenieros, licenciados o graduados universitarios: que quieran formarse y especializarse en Project Management para mejorar su competitividad y proyección profesional, profesionales (con titulación universitaria) que se desempeñan en la dirección de proyectos y no disponen de formación especializada.

Además, en la Universidad Nebrija es necesario superar las Pruebas de Admisión específicas de cada titulación, cuyo contenido y procedimiento específico se desarrollará en el epígrafe “Requisitos de acceso y criterios de admisión”.

Respecto al ingreso de estudiantes hablantes no nativos de español, se requerirá el mismo perfil que el de los hispanohablantes y además deberán demostrar su dominio comunicativo en lengua española oral y escrita de un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para la enseñanza, aprendizaje y evaluación de las lenguas.

A través de la página web de la Universidad (www.nebrija.com) y de todos los folletos que habitualmente se publican en la Universidad, se informa tanto de los objetivos como de la estructura de materias que componen el programa académico del título propuesto.

En la página citada se podrán consultar los objetivos de la titulación, sus características generales, el plan de estudios, los currículum de los profesores y tutores, textos testimoniales de antiguos alumnos, las salidas profesionales, la lista de empresas que han contratado a los titulados en años anteriores, entre otras informaciones de gran interés como tasas, becas, créditos bancarios y otras ayudas, etc.

El candidato tiene acceso a toda la información sobre el proceso de admisión, requisitos, etc. en la página web de la Universidad: www.nebrija.com. Esta web también contiene ejemplares en PDF de los folletos informativos de los distintos programas.

La Universidad dispone del Departamento Promoción y Admisiones, que se encarga de suministrar información personalizada a quien la solicita y realizar el seguimiento y facilitar las fases de acceso, desde la vertiente administrativa y de gestión, del candidato. El Departamento Promoción y Admisiones cuenta con personas especializadas para cada programa, capacitadas para atender las solicitudes de información que puedan llegar por e-mail, teléfono o fax, habilitados a tal efecto, y que aparecen en la publicidad. También se proporciona al candidato la posibilidad de entrevistarse con el Coordinador del Máster Universitario en Dirección y Organización de Proyectos y el Director del Departamento.

Requisitos de Acceso y Criterios de Admisión

Según lo establecido en el artículo 16 del RD 1393/2007, modificado por el RD 861/2010 podrán acceder a estos estudios los estudiantes que reúnan cualquiera de las siguientes condiciones:

  • Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster.
  • Los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior podrán acceder sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan, en el país expedidor del título, para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
  • En caso de alumnos con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, se evaluará la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.

En el caso de titulados universitarios cuya formación previa no incluya formación en Dirección y Administración de Empresas, la Universidad Antonio de Nebrija ofertará y exigirá complementos formativos en esta disciplina, de forma que todos los alumnos que accedan al master tengan los conocimientos previos adecuados al nivel de la titulación a la que desean acceder.

De este modo, si el perfil del estudiante así lo requiere, la Universidad, a través del Director del Máster establecerá los complementos formativos que éste deberá cursar. Dichos complementos podrán tener una carga máxima de 12 ECTS y se fijarán en función del perfil e historial del candidato.

Los complementos formativos no forman parte del Máster Universitario en Dirección y Organización de Proyectos por la Universidad Antonio de Nebrija.

El estudiante deberá cursar, si así se requiere, alguna de las siguientes asignaturas:

  • 1. La empresa y su entorno (6 ECTS)
  • 2. Dirección y organización de empresas (6 ECTS)

La descripción de estos complementos formativos se incluye en el punto Complementos formativos para Máster de esta Memoria.

Además de los requisitos legales, la universidad exige la superación de unas pruebas de acceso propias, las pruebas de admisión.

El proceso de admisión al Máster comienza por remitir por correo postal o mensajería a la Sección de Admisiones de Postgrado la documentación siguiente:

  • Solicitud de Admisión cumplimentada
  • Curriculum Vitae actualizado
  • Fotocopia del DNI (sólo candidatos españoles) o pasaporte (sólo candidatos extranjeros)
  • Fotocopia del Certificado de estudios / Expediente académico (finalizado o en último curso de la titulación universitaria)
  • Dos fotografías tamaño pasaporte, en color

Una vez recibida la documentación y comprobado que la titulación presentada da acceso a la titulación, según lo establecido en los arts. 15 y 16 del Real Decreto 1393/2007, los candidatos realizan la prueba de capacitación del programa elegido, de cuya ejecución se ocupa el departamento de Promoción y Admisiones. Dicha prueba se desarrolla presencialmente en Madrid y en diferentes ciudades españolas y, adicionalmente, también podrá realizarse a distancia (online).

La prueba de admisión, que tiene como objetivo analizar las capacidades del estudiante para completar el programa Máster, evalúa el perfil y las capacidades del candidato, por lo que no requiere de preparación previa y permite al alumno recibir un asesoramiento más amplio y personalizado sobre sus opciones académicas y profesionales. Esta prueba consta de dos partes: la primera es un test de aptitudes con el que se evalúa la madurez del alumno y se analizan los motivos que le llevan a estudiar con nosotros. La segunda es una prueba específica para el programa elegido que consiste en un test de preguntas sobre organización y dirección de empresas, de nivel básico de formación en las titulaciones que corresponden al perfil de ingreso.

Una vez realizadas las distintas fases de las pruebas de admisión, el candidato mantiene una entrevista personal con el Coordinador del Máster que hace un informe sobre el perfil de capacidades del candidato, su grado de madurez, su interés personal en el Máster y su adecuación a la titulación, que se adjunta al expediente que estudiará la Comisión de Admisiones. En el caso de hacer las pruebas escritas a distancia, la entrevista personal se podrá realizar a través de videoconferencia.

Concluidas las pruebas de admisión, la Comisión de Admisiones, integrada por responsables del propio Departamento, la Secretaría General y el departamento de Promoción y Admisiones, analizan los resultados y la documentación presentada por el candidato y aprueba o rechaza la solicitud. El candidato recibe información escrita sobre su admisión, que se adelanta por teléfono, sobre el resultado del proceso de admisión y sobre la formalización de su inscripción en el Programa, la documentación definitiva que debe entregar, debidamente legalizada, etc.

La ponderación de estas pruebas de admisión se concreta a continuación:

  • Análisis del expediente académico (estudios previos): 50%
  • Prueba de admisión:
    • Test de aptitudes: 15%
    • Prueba específica del programa Máster: 25%
    • Entrevista personal: 10%

Prematrícula

Una vez comunicada la admisión, los candidatos deben realizar la reserva de plaza. Esta prematrícula económica garantiza la plaza del candidato en la Universidad.

Matrícula

Los candidatos prematriculados que deseen formalizar su matrícula académica en la Universidad deberán, dentro de los plazos señalados, seguir los siguientes pasos:

  • Entrega de documentación: acreditar documentalmente que han superado los requisitos establecidos por la legislación universitaria española para poder comenzar/continuar sus estudios universitarios en la Universidad Nebrija.
  • Formalización del proceso de matrícula vía Internet: El servicio de automatrícula de la página Web de la Nebrija permite a los estudiantes admitidos realizar todos los trámites académicos, económicos y administrativos, sin tener que desplazarse físicamente a la Universidad. Los alumnos admitidos formalizarán su automatrícula en los plazos que se indiquen. Para ello, recibirán en su domicilio, junto con su carta de admisión, la clave de acceso y contraseña personal necesaria para poder realizar su automatrícula académica y económica. Formalizada la automatrícula tras la comprobación de la documentación presentada, el candidato adquiere la condición de alumno de la Universidad Nebrija. En el proceso de automatrícula, el alumno cuenta en todo momento con la asistencia técnica de los Servicios Informáticos, así como con asistencia académica a través del que será su Tutor, para que éste le pueda orientar en la elección de asignaturas.
  • Abono de los derechos de inscripción anual de la titulación para la que resultó admitido. La tasa de reserva de plaza es una parte de los derechos de inscripción anual.

Los criterios de admisión para el caso de alumnos matriculados en titulaciones impartidas en modalidad semipresencial serán los mismos de la modalidad presencial pero añadirán el siguiente criterio adicional:
Posibilidad real de hacer un seguimiento correcto de las actividades formativas previstas en la titulación solicitada (que podrán tener cierto componente presencial). Esto se valorará durante la entrevista personal, en la cual, el entrevistador, además de todos los criterios de acceso y admisión ya mencionados para la modalidad presencial, valorará si la situación laboral y personal del candidato, su disponibilidad de tiempo, etc. es compatible con el desarrollo normal del proceso y actividades de enseñanza-aprendizaje con la carga docente prevista. Como resultado de este análisis conjunto, que conllevará un intercambio mutuo de información, se podrá orientar al alumno sobre sus posibilidades reales, la carga de matrícula anual recomendada, la presencialidad obligatoria en algunas actividades o, incluso, en su caso rechazar su candidatura, si se detectara una probable imposibilidad de realizar satisfactoriamente las actividades formativas programadas.

La Universidad Antonio de Nebrija no permite la simultaneidad de modalidades de enseñanza pero sí el cambio de modalidad de la enseñanza presencial a la enseñanza a distancia o viceversa. El Reglamento General del alumnado recoge la normativa específica para el cambio de modalidad, en su artículo 7.

Sistemas de Transferencia y Reconocimiento de Créditos

A los efectos prevenidos en la legislación vigente y de aplicación, con el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes, se entiende por reconocimiento la aceptación por parte de la Universidad Antonio de Nebrija de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en ésta u otra Universidad, son computados en otras distintas a efectos de obtención de un título oficial.

Serán objeto de reconocimiento en las nuevas enseñanzas los créditos obtenidos por el estudiante:

  • a) Los créditos cursados en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril.
  • b) La experiencia laboral y profesional acreditada siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes al título. En este sentido, se tomarán como criterio académico general los perfiles definidos para el título de modo que serán objeto de reconocimiento la experiencia profesional fundamentada en informes y/o certificados emitidos por las empresas o entidades en las que se desarrolló la actividad, Colegios profesionales, etc. Esto se justifica en la propia redacción del RD 861/2010 que exige la acreditación de esa experiencia y parece lógico que esa acreditación sea realizada por terceros.
  • c) El resto de créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta las competencias y los conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.

El número máximo de créditos de los supuestos a) y b) no podrá ser superior, en su conjunto, al 15% del total de créditos que constituyen el Plan de Estudios.

Asimismo la transferencia de créditos implica la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en ésta u otra Universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

El reconocimiento de créditos deberá ser instado por el estudiante en el momento de formalizar su matrícula. Excepcionalmente y con autorización explícita se podrá establecer un plazo diferente al mencionado. El estudiante deberá asimismo abonar las tasas que se establezcan al efecto.

Criterios para el reconocimiento de créditos y su justificación en los supuestos a) y b):

  • 1. Para los créditos cursados en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos a que se refiere el artículo 34.1 de la ley Orgánica 6/201 de 21 de Diciembre de Universidades se aplicarán los criterios siguientes:
    • 1.1.- CRITERIO Nº 1.- Se aplicará el criterio habitual de reconocimiento de créditos, esto es, se procederá al reconocimiento cuando exista una identidad sustancial entre las competencias de la materia cursada en la titulación de origen y las competencias de la materia que se reconoce. Este criterio se justifica por la práctica habitual en el reconocimiento de créditos universitarios.
    • 1.2.- CRITERIO Nº 2.- El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior al 15% del total de créditos que constituyen el presente plan de estudios – considerando que este porcentaje engloba en su conjunto el reconocimiento de los supuestos c) y d). Este criterio se justifica porque así lo establece el mencionado RD 861/2010.
  • 2. En el caso de reconocimiento por experiencia laboral y profesional acreditada, se aplicarán los criterios siguientes:
    • 2.1.- CRITERIO Nº 3.- Se realizará el reconocimiento de créditos por experiencia laboral y profesional acreditada, si dicha experiencia está relacionada con las competencias inherentes al título en la materia objeto de reconocimiento. La acreditación se podrá fundamentar en informes y/o certificados emitidos por las empresas o entidades en las que se desarrolló la actividad, Colegios profesionales, etc. Esto se justifica en la propia redacción del RD 861/2010 que exige la acreditación de esa experiencia y parece lógico que esa acreditación sea realizada por terceros.
      La presentación de este tipo de informes y/o certificados que acrediten la experiencia laboral y profesional será condición necesaria, pero no suficiente, para el reconocimiento de esos créditos, puesto que finalmente será la Universidad Antonio de Nebrija, la que decida si procede o no, el reconocimiento de los créditos a la vista de la acreditación presentada, en aplicación de la legislación vigente, en el ejercicio de su autonomía universitaria y conforme a su procedimiento interno de reconocimiento de créditos.
    • 2.2.- CRITERIO Nº 4.- El reconocimiento de créditos por experiencia laboral y profesional acreditada, junto con los cursados en otras enseñanzas superiores, tendrá un límite máximo del 15% del total de los créditos que constituyen el presente plan de estudios. Esto se justifica porque así lo establece el mencionado RD 861/2010.
    • 2.3.- CRITERIO Nº 5.- Los créditos por experiencia profesional podrán ser reconocidos teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos, asociados a esa previa experiencia profesional y los correspondientes a las materias objeto de reconocimiento. En ningún caso se realizará un reconocimiento general de créditos en función de años de experiencia ni ningún otro criterio general semejante.
    • 2.4.- CRITERIO Nº 6.- En el reconocimiento de experiencia profesional, no se admitirá cualquier tipo de experiencia profesional, relacionada lejanamente con las competencias de la asignatura cuyo reconocimiento se solicita, sino que se reconocerá solamente en el caso de una buena adecuación entre esas competencias y la práctica profesional. Se evitará también el reconocimiento si dicha experiencia por parte del estudiante hubiera sido breve. Por lo tanto la comisión de reconocimiento de créditos valorará a la hora del reconocimiento un equilibrio entre características de esa experiencia, ámbito donde se ha desarrollado y duración de la misma.
  • La Universidad Nebrija pondrá especial cuidado en el proceso de reconocimiento de créditos por experiencia profesional, que se aplicará con un criterio restrictivo y una correlación clara entre experiencia y competencias reconocidas, para un desarrollo correcto y ordenado del nuevo escenario legal, y en el marco de las instrucciones emanadas de la ANECA tanto en los procesos de verificación como con vistas a los procesos de acreditación de los títulos.

    Parte del plan de estudios afectada por el reconocimiento:

    Podrán ser objeto de reconocimiento por experiencia profesional acreditada:

    • Habilidades Directivas del Project Management Internacional (2 ECTS)
    • Prácticas Externas (4 ECTS).

    Definición del tipo de experiencia profesional que podrá ser reconocida:

    Se tendrá en cuenta la adecuación de la actividad laboral y profesional realizada a la capacitación profesional del título. Preferentemente se tendrán en cuenta los siguientes perfiles profesionales:

    • Directores de Programa
    • Directores de Proyecto
    • Gestores/Jefes de Proyecto
    • Ejecutivos Senior
    • Directores Funcionales
    • Consultores y Expertos en áreas relacionadas con el desarrollo de Proyectos
    • Jefes de Compras
    • Director de RRHH
    • Director de Calidad

    El alumno presentará certificados expedidos por la empresa donde detallará tareas realizadas, responsabilidades asumidas y competencias del puesto de trabajo. Será necesario poder acreditar el contrato laboral (con copia de vida laboral) y las funciones ejercidas (mediante certificación de la empresa/institución) o documentos de similares características.

    Será necesario acreditar debidamente que la experiencia laboral o profesional está relacionada con las competencias del título, de manera que el reconocimiento de créditos de una asignatura únicamente se produciría en el caso de que la información aportada por el solicitante permita asegurar que mediante su experiencia profesional ha adquirido las competencias de la materia objeto de reconocimiento.

    Complementos formativos para Máster

    En el caso de titulados universitarios cuya formación previa no incluya formación en Dirección y Administración de Empresas, la Universidad Antonio de Nebrija ofertará y exigirá complementos formativos en esta disciplina, de forma que todos los alumnos que accedan al máster tengan los conocimientos previos adecuados al nivel de la titulación a la que desean acceder.

    De este modo, si el perfil del estudiante así lo requiere, la Universidad, a través del Director del Máster establecerá los complementos formativos que éste deberá cursar. Dichos complementos podrán tener una carga máxima de 12 ECTS y se fijarán en función del perfil e historial del candidato.

    Los complementos formativos no forman parte del Máster Universitario en Dirección y Organización de Proyectos por la Universidad Antonio de Nebrija.

    El estudiante deberá cursar, si así se requiere, alguna de las siguientes asignaturas:

    • 1. La empresa y su entorno (6 ECTS)
    • 2. Dirección y organización de empresas (6 ECTS)

    Financiación

    Estamos comprometidos a ayudarte a explorar opciones y oportunidades de financiación para que puedas hacer la mejor inversión en tu carrera profesional y tu futuro.

    Si quieres más información sobre las becas que puedes solicitar como estudiante de posgrado, consulta el siguiente enlace o contacta con nosotros a través de estos correos:

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