La formación constante en la abogacía y el e-learning: Un aliado fundamental

 

Autor: Eduardo Noguera

 

A finales del Siglo XX y principios del Siglo XXI comienza a desarrollarse un movimiento  pocas veces visto en la historia de la humanidad; una herramienta que posibilita la comunicación e intercambio de contenido entre usuarios de una manera extraordinariamente rápida y eficaz: Internet.

Internet ha supuesto una revolución en todos los ámbitos de nuestro día a día y la enseñanza no podía quedarse atrás de ningún modo.

El denominado e-learning o formación a distancia o enseñanza virtual ha llegado para quedarse, y es perfectamente entendible, no solamente porque nos brinda todas las ventajas de los estudios “tradicionales” presenciales sino que reduce muchas de sus desventajas. Me explico: Vivimos en un mundo en constante cambio, al que continuamente debemos adaptarnos, y para ello no podemos dejar de formarnos y actualizarnos. Algunas profesiones tales como la medicina o, por ejemplo la mía, la abogacía, una profesión dinámica con constantes cambios legislativos y jurisprudenciales nos exigen una formación permanente que muchas veces parece que debemos estar en varios sitios a la vez.

En palabras de Carlos Carnicer expresidente del Consejo General de la Abogacía Española “La profesión de abogado es dinámica. Nuestra profesión exige una formación permanente, una actualización continua y un reciclaje casi diario. No sólo el conocimiento y el análisis de los cambios legislativos que las Administraciones acometen deben ser objeto de esta formación continua. También la preparación en materia deontológica, nuestras reglas de funcionamiento y, sin duda, conocer y estar al día acerca de las nuevas herramientas tecnológicas de las que disponemos para ejercer nuestra labor.”

Tradicionalmente la formación del abogado se ha realizado a través de congresos o cursos que muchas veces resultaban difícilmente compatibles con una vida laboral intensa. En la actualidad, por poner ejemplo, no nos basta con graduarnos en Derecho, sino que además debemos cursar un Máster, una formación práctica de varios meses y un examen de Estado convocado por el Ministerio de Justicia.

Por lo tanto, cuando surge una oportunidad como la formación e-learning o semipresencial los estudiantes del derecho y los abogados no podemos hacer otra cosa más que abrazarla.

En mi humilde opinión el acceso a esta profesión debe ser eminentemente práctico. La mejor formación en la abogacía es la formación práctica, porque los estudiantes de derecho deben aprender a abogar además de adquirir conocimientos teóricos de calidad y es aquí donde el e-learning con iniciativas como la de Global Campus Nebrija nos brinda una herramienta maravillosa.

La posibilidad de ver online las clases en el momento en el que estés disponible y desde cualquier lugar, un profesorado internacional de primer nivel en contacto permanente a través de videollamadas donde resolver dudas tanto de manera individual como grupal y el fomento del trabajo en equipo en una plataforma sólida y de alta tecnología son sólo algunas de las posibilidades que nos permite Global Campus Nebrija.

Por todo ello, para poder alcanzar la excelencia y satisfacer las complejas necesidades del mercado y de los clientes, como abogados tendremos que estar en constante actualización y formación encontrando en la formación e- learning una maravillosa herramienta de trabajo, un aliado laboral que nos permite combinar una flexibilidad de horarios con una enseñanza de calidad.

 

Eduardo Noguera

Abogado

La llegada de LexNet a la vida de los abogados

Autor: Juan Carlos García de Motiloa

 

 

Casi como un sobresalto tras un pesadilla nocturna, aparece en nuestra vida lo que llevábamos años esperando los abogados en ejercicio: las comunicaciones judiciales de forma telemática.

Lo que en principio se recibe como una esperanza para poder ir suprimiendo poco a poco los abultados expedientes que tenemos los abogados en los despachos, se empieza a convertir en cierta preocupación. Preocupación que se concreta en el hecho de que no todos los Juzgados, al menos los Juzgados de lo Social de Madrid, estaban listos para notificar a través de Lexnet y que la mayoría de los abogados no habíamos recibido formación alguna para trabajar con esta aplicación.

Así comienza un “periodo transitorio” en el que tanto Juzgados como abogados nos encontramos con un serio desconcierto inicial; no todas las comunicaciones llegan correctamente y hay numerosos fallos e interrupciones de la aplicación.

Aun así, la esperanza de que todo se vaya solucionando y mejorando hace que tanto yo como mis compañeros abogados, hagamos un esfuerzo originado por una imperativa necesidad de ponernos al día en el funcionamiento de LexNet, una herramienta establecida en colaboración entre el Ministerio de Justicia y los Colegios de Abogados y Procuradores, para que todas las comunicaciones judiciales se hagan a través de la misma, tanto a abogados como a procuradores. Es una herramienta obligatoria y de hecho, desde su entrada en vigor, ya no es posible presentar demandas en papel en los registros de los Juzgados. Los distintos Colegios de Abogados la han ido adaptando así como los diferentes Juzgados de cada orden jurisdiccional. Se accede a través del certificado digital ACA y por medio de tu carnet del colegio profesional (por ej.  el carnet del ICAM en Madrid), habilitado para el efecto con la firma electrónica de cada colegiado.

Al menos en mi caso, mi mayor fe es que, con el paso de los años, empiece a desparecer el numeroso papel que llena mi despacho y que me hace reubicar y archivar expedientes de clientes constantemente.

A día de hoy, he de reconocer públicamente que, tras las quejas iniciales y protestas constantes sobre su funcionamiento (somos un país que nos gusta protestar por todo), las notificaciones de los Juzgados son más rápidas, ahorro tiempo y visitas a las ventanillas de registro de los Juzgados  y eso se agradece.

Sin embargo, es importante optimizar la seguridad de esta aplicación para evitar fallos de tanto calado como el que tuvo lugar el año pasado y que muy recientemente ha sido objeto de castigo por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Mi fe inicial de que se elimine el papel de mi despacho sigue siendo una cuestión de fe  y de momento, a la que más echo de menos es a “Carmen”, mi cartera de toda la vida, que ya no pasa por aquí para que le firme los acuses de recibo del Juzgado.

 

Juan Carlos Garcia de Motiloa Corres

El teletrabajo en la abogacía española

Autor: Luis A. García

 

Según el Libro blanco sobre teletrabajo en España (Fundación Másfamilia, 2012), este concepto abarca una visión del trabajo en la cual se aplican los siguientes principios y valores:

  • Eficiencia
  • Orientación a resultados
  • Conciliación de la vida familiar y laboral
  • TICs
  • Desarrollo sostenible

 

Las principales ventajas que los partidarios del teletrabajo señalan son (Diario El Mundo, 2017):

  • Mayor libertad para adaptar su jornada laboral a sus necesidades;
  • Reducción de costes por parte de la empresa;
  • Ahorro de gastos de desplazamiento al trabajador;
  • Aumento de la motivación y productividad.

 

Aplicado a la abogacía española, el Diario Expansión publicó un artículo esta semana donde resumía las iniciativas de teletrabajo por parte de algunos de los principales bufetes españoles:

  • Cuatrecasas: están desarrollando una prueba piloto que permite dedicar hasta el 20% de la jornada semanal a trabajar fuera de sus oficinas.
  • Gómez-Acebo & Pombo: proporcionan a sus abogados una llave de acceso remoto tipo USB que permite trabajar desde cualquier sitio y Smartphone.
  • Garrigues: pone a disposición de todos sus profesionales portátiles y móviles con conexión en remoto para que puedan distribuir su tiempo de forma más eficaz.

 

A estos efectos, creemos que el teletrabajo en la abogacía española se convertirá en los próximos diez años en algo rutinario, debido a que son los propios abogados (que son mayormente mujeres) lo están exigiendo como condición importante para permanecer en una empresa.

 

En este escenario, las competencias digitales serán fundamentales de cara al abogado poderse beneficiar de las ventajas anteriormente señaladas. Nuestras empresas nos entregarán las herramientas (portátil, móvil, etc.) para efectuar el teletrabajo, pero esperarán de nosotros la suficiente agilidad y habilidad para aprovecharlas al máximo.

 

Por lo tanto, exhortamos a todos los estudiantes de Derecho, incluyendo los recién graduados, a que no descuiden su formación en las competencias digitales que ya hemos mencionado en otros post.

 

Luis A. García Segura

Profesor de Derecho y Director del Máster en Derecho Empresarial

La formación inicial y continuada de la abogacía pasa por los recursos digitales

Autor: Luis A. García

 

A principios de febrero del presente año, la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Victoria Ortega, presentó el documento denominado “Plan Estratégico de la Abogacía 2020”. Según la nota de prensa de dicho acto, este plan sería “la hoja de ruta de la abogacía para el período 2017-2020 en la que, a través de cinco ejes estratégicos, se aborda el correcto ejercicio de la profesión”. Los cinco ejes estratégicos en que se divide el plan son los siguientes:

  1. Una abogacía confiable y preparada
  2. Una abogacía gestora integral de conflictos
  3. Una abogacía innovadora y tecnológicamente avanzada
  4. Una abogacía comprometida con la sociedad
  5. Una abogacía europea con visión global

 

A su vez, cada eje se encuentra dividido en objetivos y cada objetivo en medidas concretas. A efectos de este blog, procedemos a reflexionar brevemente sobre las tres últimas medidas del tercer objetivo del primer eje:

 

Objetivo 3: Formación inicial y continua de calidad

34.- Programa de colaboración con Facultades y Universidades

35.- Formación inicial de excelencia y mejora del acceso a la profesión

36.- Sistema de certificación de calidad para Escuelas de Práctica Jurídica

37.- Formación en competencias técnicas y desarrollo de especialidades en másteres

38.- Programa integrado de Formación Legal Continua (FLC)

39.- Aumento de cursos de formación conjunta con otras instituciones profesionales

40.- Biblioteca digital intercolegial

41.- Campus virtual intercolegial

42.- Servicio didáctico y audiovisual para crear contenidos colegiales y cursos online

 

Cabe aclarar que este objetivo parte de la premisa de que para ejercer la abogacía de forma responsable, fiable y con altos niveles de calidad, el abogado necesita ir actualizando los conocimientos adquiridos en su formación inicial. Personalmente, yo voy más allá: creo firmemente que para ejercer la abogacía de forma fiable, es necesario además adquirir nuevas competencias y habilidades que van surgiendo con el paso del tiempo y que necesariamente no existían cuando el abogado cursó su formación inicial (por ejemplo, manejo adecuado de las redes sociales en los entornos profesionales de la abogacía).

 

A estos efectos, el CGAE quiere promover junto con las universidades, escuelas de práctica jurídica, colegios de abogados y consejos autonómicos un programa integrado de formación legal continua para todo el territorio nacional, de forma que los abogados españoles estén en mejores condiciones para ofrecer servicios jurídicos de alta calidad.

 

Bajo esta premisa, los recursos digitales juegan un papel esencial tanto en la formación inicial como en la formación continuada del abogado, según veremos a continuación.

 

Medida 40: Biblioteca digital intercolegial: “Para que los abogados  cuenten  con  medios  equivalentes  de  información  en  la  articulación  de  su estrategia profesional, sin limitación física, temporal o geográfica, deben poder acceder a una  biblioteca digital común, con independencia de su concreta colegiación. La Abogacía Española pondrá  todos los medios a su alcance para crear una biblioteca digital intercolegial excelente, que  asegure la igualdad de armas en el proceso por medio de un igual acceso a las fuentes de información”.

 

Nos parece muy buena esta propuesta, siempre y cuando se facilite acceso a la misma (de forma limitada, claro), a los estudiantes de Derecho e incluso al público en general. Actualmente existen varias bibliotecas jurídicas digitales en el ámbito español, pero de acceso restringido mediante pago. Cada colegio de abogados se encarga de negociar individualmente el acceso para sus colegiados, de forma que el colectivo en general podría beneficiarse de mejores condiciones si se parte de una propuesta conjunta.

 

Medida 41: Campus virtual intercolegial: “…los Colegios de Abogados programan e imparten 2.500 cursos de formación al año, siendo la Abogacía Española uno de los más importantes prestadores de servicios de formación profesional del  país en términos comparados. Para poner en valor este significativo ecosistema educativo, la  Abogacía Española  potenciará  su plataforma de formación  no presencial, bajo criterios de fácil  acceso y usabilidad, con objeto de prestar un servicio de calidad a todos los colegiados, así como  a otras profesiones legales que estén interesadas. El Consejo General aspira a facilitar el acceso  universal a una formación profesional continua y especializada de calidad por medio de este proyecto intercolegial”.

 

Creemos que el CGAE no se debe limitar al ámbito intercolegial y debería invitar a aquellas universidades españolas que así lo estimen, a formar parte de este campus (especialmente las universidades públicas). Para este caso, entendemos que los MOOCs sobre temas de Derecho deberían integrarse en dicha plataforma, así como las titulaciones propias que se estimen de especial interés (fundamentalmente diplomados y cursos de corta duración que se pueden desarrollar fácilmente por las facultades de derecho).

 

Medida 42: Servicio didáctico y audiovisual para crear contenidos colegiales y cursos online:

“La Abogacía Española impulsará un servicio didáctico y audiovisual dirigido a transformar en contenidos formativos online una selección de los cursos presenciales que los Colegios de Abogados ofrecen  anualmente. La transformación de cursos que los colegios imparten de modo presencial en la  actualidad en materiales formativos digitales se realizará por medio de un servicio especializado que estará formado, necesariamente, por expertos en metodologías docentes y didáctica online así como por los mejores profesionales del sector audiovisual”.

 

Precisamente el ámbito didáctico y audiovisual ha sido extensamente desarrollado por las universidades españolas, tanto privadas como públicas (por ejemplo, los casos de la propia Universidad Nebrija y de la Universidad Internacional de la Rioja). Es por esto que entendemos que dicha transformación de contenidos debe hacerse de forma concertada con el sector universitario español que posee ya experiencia en la formación jurídica en plataformas digitales.

 

Por último, queremos expresar nuestro optimismo respecto al Plan estratégico de la abogacía 2020, así como reiterar nuestra disposición y voluntad para contribuir a que el mismo se materialice lo más pronto posible en beneficio de una abogacía más fiable y preparada.

 

Luis A. García Segura

Profesor de Derecho y Director del Máster en Derecho Empresarial

La alfabetización digital para abogados: Retos actuales

Autor: Luis Armando García

 

Los avances tecnológicos acontecidos durante los últimos 20 años están afectando de manera sustancial la forma en que muchos abogados ofrecen sus servicios al público. Los mayores cambios los podemos apreciar en los principales mercados anglosajones: Nueva York y Londres.

 

Dichos cambios están afectando todas las facetas profesionales de la abogacía, desde la forma en que captamos los clientes (Internet vs boca a boca) hasta la forma de contratación abogado-cliente y abogado-abogado (outsourcing, proyectos, igualas, etc.). Es por esto que pensamos que hoy más que nunca el abogado tiene que estar en posesión de una serie de competencias, habilidades y aptitudes que le permitan ofrecer sus servicios de forma adecuada en una sociedad cada vez más “digitalizada”.

 

A estos efectos, la alfabetización digital para abogados engloba todas estas competencias, habilidades y aptitudes relacionadas con el ciberespacio y los entornos digitales, las cuales el abogado necesita poseer para desempeñar sus funciones adecuadamente. De forma resumida, serían las siguientes:

 

Competencias:

  • Adquisición de conocimientos actualizados sobre los distintos aspectos de la práctica jurídica en entornos digitales.
  • Obtención, síntesis y análisis de información técnico-jurídica mediante medios e instrumentos digitales.
  • Desarrollo de destrezas que permitan mejorar la eficiencia de su trabajo.

 

Habilidades:

  • Trabajo en equipo en entornos digitales.
  • Manejo de los programas/aplicaciones/plataformas esenciales para la profesión en entornos digitales: Ofimática, búsqueda de información, gestión, cobro, correo electrónico, etc.
  • Capacidad para vender y afectar positivamente la marca e imagen de la empresa en entornos digitales. Ej.: manejo adecuado de redes sociales.

 

Aptitudes:

  • Negociación y persuasión.
  • Emprendimiento, iniciativa propia y proactividad.
  • Manejo de idiomas. Ej.: manejo adecuado de las herramientas digitales que nos permiten comunicarnos por escrito en otros idiomas que no manejamos.

 

Valorando de forma global el listado anterior, podemos afirmar que la adquisición de todas estas destrezas no se consigue en corto tiempo ni tampoco se obtienen de una sola fuente. Es necesario la participación proactiva de varios colectivos y actores relacionados con la industria de la abogacía, como podemos apreciar a continuación:

 

Universidad (tanto en la fase previa como durante el propio ejercicio profesional):

  • Incorporación de las destrezas al currículum de los grados y postgrados.
  • Formación específica para el colectivo profesional: cursos, talleres, seminarios, etc.

 

Colegios de abogados (durante el ejercicio profesional):

  • Formación específica destinada a:
    • Proporcionar las habilidades mínimas y necesarias para el ejercicio adecuado de la profesión, tomando en especial consideración las normas deontológicas.
    • Proporcionar formación y educación de manera continuada, actualizando los conocimientos previos y anticipándose a las nuevas destrezas que vayan surgiendo.

 

Empleador (mayormente los despachos de abogados):

  • Reconocer la importancia de la alfabetización digital y facilitarles a sus abogados el acceso a dichas destrezas mediante:
    • Formación in-house.
    • Incentivos para adquirir las destrezas en cuestión (tiempo, dinero, permisos, etc.).

 

En el caso de España, hemos sido testigos de esfuerzos notables en los últimos 5 años de que estos sectores se están dirigiendo poco a poco hacia la dirección correcta en cuanto a los retos señalados.

 

Comenzando por el sector universitario, la Universidad Nebrija viene apostando por la incorporación de estas destrezas tanto en su Grado en Derecho[1] como en su Máster de Acceso a la abogacía[2], incluyendo también la organización de eventos extracurriculares que fomenten el diálogo sobre estas cuestiones[3].

 

Respecto a los Colegios de abogados, destaca la gama de cursos, seminarios y talleres que ofrece el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid a través de su Centro de Estudios, tanto de forma presencial como online. Algunos de los cursos que incluyen destrezas propias de la alfabetización digital son:

  • Curso básico en Microsoft Word
  • Curso práctico de técnicas de negociación para abogados
  • Curso de redacción de contratos en inglés

 

Finalmente, respecto a los despachos de abogados españoles, habría que señalar que cada vez más estos utilizan la formación como factor de captación e incorporación de abogados recién licenciados. Bajo este esquema, destaca la formación ofrecida por Garrigues con el apoyo de su Centro de estudios independiente que ofrece una variedad de postgrados cuya titulación oficial proviene de la Universidad Nebrija.

 

Para concluir, hemos de afirmar que la alfabetización digital para abogados viene influenciada por los avances tecnológicos de la sociedad en su manifestación digital. Por esto hace falta la confluencia y acuerdo de los principales sectores asociados a la abogacía, de forma que los mismos puedan contribuir a mantener a nuestro colectivo en condiciones idóneas para prestar nuestros servicios al público de la forma más eficiente y moderna posible. Cada vez este postulado se hace más urgente.

 

Luis A. García Segura

Profesor de Derecho y Director del Máster en Derecho Empresarial

 

 

[1] Ver el artículo publicado por este autor titulado “Fuentes de información jurídica para el ejercicio de la abogacía: la experiencia de un seminario impartido en la Universidad Nebrija”, en Cerrillo i Martínez, A. & Delgado García, A.M. (Coordinadores), Buenas prácticas docentes en el uso de las TIC en el ámbito del Derecho, Universitat Oberta de Catalunya, Huygens Editorial, 2013. Disponible en: http://www.huygens.es/esp/libro/buenas-practicas-docentes-en-el-uso-de-las-tic-en-el-ambito-del-derecho

[2] Ver las asignaturas de Técnicas de investigación jurídica, Técnicas de análisis y procesos y Técnicas de trabajo en equipo del Máster de Acceso: https://www.nebrija.com/programas-postgrado/master/master-abogacia/master-abogacia-programa.php

[3] Ver la mesa redonda celebrada en noviembre 2016 titulada “La gestión de despachos ante los retos tecnológicos”, la cual contó con la participación de D. Antonio Garrigues Walker: https://www.nebrija.com/medios/actualidadnebrija/2016/11/29/claves-gestionar-despacho-abogados/