Revista NUESTRA NEBRIJA 17 - Mayo 2016 - page 4

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N
¿Miedo a ser
libres?
Juan Cayón
Rector
No cabe duda de que la ade-
cuada ordenación del sistema
universitario es crucial para
cualquier Estado. Además, es
un elemento necesario de coor-
dinación del gobierno (nacional
o regional), que en el caso de
España, adquiere especial com-
plejidad por tener un carácter
mixto, en el que conviven univer-
sidades públicas con universida-
des privadas y universidades de
la Iglesia (católica). La dispari-
dad de regímenes jurídicos entre
los tres tipos de universidades,
su naturaleza diferenciada y sus
distintas particularidades, en el
marco de nuestra Constitución,
exige por tanto una cautelosa
arquitectura jurídica de cara a su
coordinación y la ordenación del
sistema en su conjunto.
Así, partiendo del reconocimien-
to constitucional como dere-
chos fundamentales de primer
orden, y por tanto de la máxima
protección, tanto de la autono-
mía universitaria, como de la
libertad de enseñanza y de la
libertad de creación de centros
docentes, su limitación, incluso
bajo el legítimo pretexto de la
ordenación general del sistema
universitario, deberá hacerse
sólo por ley, que en todo caso
deberá respetar su contenido
esencial. Si, de acuerdo con la
Ley Orgánica de Universidades,
todas ellas llevan a cabo el ser-
vicio público de la educación
superior mediante la investiga-
ción, la docencia y el estudio,
la adecuada ordenación del
sistema universitario tiene por
delante el reto de garantizar a
los ciudadanos unas reglas de
competencia claras, determi-
nadas y estables. Se trata, por
un lado, de evitar confusión a
la sociedad, pero, por otro, es
necesario ser respetuoso con
esos derechos y libertades fun-
damentales, sin que sea posible
vaciar su contenido.
En los últimos años se ha ob-
servado, y es preocupante, una
tendencia legislativa y burocrá-
tica que, amparada en legítimos
valores de indudable considera-
ción, en la práctica está ponien-
do en riesgo algunos de esos
derechos fundamentales y cau-
sa un innegable quebranto a la
ordenación del sistema.
Es a mi juicio indeseable la ex-
cesiva regulación jurídica, neta-
mente limitadora de derechos
fundamentales –y por tanto
contra derecho–, que algunas
comunidades autónomas han
impuesto para la ordenación de
sus respectivos sistemas uni-
versitarios. Ya han llegado a los
tribunales (el caso de la Univer-
sidad San Jorge y el Gobierno
de Aragón es paradigmático)
algunas de las más flagrantes
vulneraciones de derechos con
el pretexto de la ordenación del
sistema, limitando por ejemplo
la autonomía de cada univer-
sidad para solicitar la verifica-
ción y posterior implantación
Carta del rector
"La limitación de la oferta por parte
de la autoridad educativa tiene pleno
sentido en lo que se refiere a las
universidades públicas, pero en lo
referido a aquellas de titularidad
privada o eclesial".
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