La Universidad Antonio de Nebrija, consciente de su responsabilidad ante la sociedad y, en consecuencia, constituyó en 2002 un Comité de Ética de la Investigación, con el fin de proporcionar una respuesta ágil y efectiva a las necesidades actuales o que en el futuro se planteen respecto de la investigación científica desarrollada en su ámbito, en orden a la protección de los derechos fundamentales de las personas, el bienestar de los animales y el medio ambiente y al respeto a los principios y compromisos bioéticos asumidos por la comunidad científica y por los Estatutos de la Universidad.
El CEI se reúne periódicamente para evaluar los proyectos de investigación que se presentan a diferentes convocatorias y emitir los informes preceptivos cuando sean necesarios. También se ocupa de velar por el cumplimiento de las buenas prácticas de investigación y de elaborar informes para los órganos de gobierno sobre los problemas éticos en la investigación y la docencia cuando sean requeridos.
¿Necesita mi proyecto ser evaluado por un Comité?
Presidente
Secretario
Vocales
Suplentes
Corresponde al Presidente:
Son funciones del Secretario:
Son funciones de los vocales del Comité:
Se deben presentar con una antelación de 10 días naturales.
Fechas Reuniones 2024
Para presentar las solicitudes es necesario enviar la documentación adecuada a la solicitud a la dirección del cei: cei@nebrija.es.
Si la investigación utiliza datos o muestras procedentes de un proyecto ya informado por un Comité de Ética ya reconocido oficialmente, su responsable remitirá también dicho informe/s al Comité.
Instrucciones para la cumplimentación:
Nota:
Tramitación:
Protección de datos personales
Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Personas, muestras o tejidos de procedencia humana
Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Ley 14/2007, de 3 de julio, de investigación biomédica.
Ley 42/1988 de 28 de diciembre de donación y utilización de embriones y fetos humanos o sus células, tejidos u órganos.
Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del registro Nacional de Biobancos para investigación biomédica.
Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos.
Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial
Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos humanos.
Agentes biológicos
Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Organismos modificados genéticamente
Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.
Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.
Inteligencia Artificial
Informe - A9-0088/2022, Sobre la inteligencia artificial en la era digital (Parlamento Europeo).
Directiva 2000/43/CE sobre igualdad racial, la Directiva 2000/78/CE sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación, y las Directivas 2006/54/CE y 2004/113/CE relativas a la igualdad de trato entre mujeres y hombres con relación al empleo y el acceso a los bienes y servicios. Esto es debido a la necesidad de prevenir que el uso de determinados algoritmos de la IA de lugar a prejuicios raciales o de género, y prevea una probabilidad distinta en función de criterios como el género o la raza.
Solo para los casos en los que se desee introducir alguna modificación en el protocolo de un proyecto ya evaluado anteriormente por los Comités de Ética de la Investigación y de Bioseguridad de la UNNE, puede cumplimentar un formulario simplificado en el que sólo será necesario incluir los cambios propuestos.